Bernardo Caal Xol, Maya Q’eqchi’ habitante de Santa María de Cahabón en el departamento de Alta Verapaz, es uno de los voceros de la Resistencia Pacífica de Cahabón. La Resistencia se formó en el año 2015 en el marco de una asamblea a la que asistieron 38 comunidades del municipio de Cahabón. Las comunidades se organizaron para defender su territorio frente a la puesta en marcha de proyectos hidroeléctricos sobre la cuenca del río Cahabón. Estos proyecto son operados por la empresa OXEC S.A, perteneciente al grupo Energy Resources Capital Corp (ERCC). Bernardo se convirtió en el vocero más visible de la Resistencia. En diciembre de 2015 Bernardo interpuso un amparo ante la CSJ, exigiendo que se suspendieran los trabajos de estos proyectos, argumentando que la licencia fue otorgada sin realizar una consulta previa, derecho garantizado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y pidiendo que se efectuara esta consulta. En enero 2016, la CSJ otorgó un amparo provisional a favor de las comunidades Q’eqchi’, lo cual se convirtió en un amparo definitivo en enero 2017. Esta sentencia fue confirmada por la Corte de Constitucionalidad (CC) en mayo del mismo año, después de una apelación por parte del Ministerio de Energía y Minas (MEM).

    ue en este momento cuando empezó el proceso de criminalización contra Bernardo. Días antes de que la CC emitiera el fallo final con relación al caso Oxec, se dictó una primera orden de captura en su contra, limitando su participación en actividades públicas y su capacidad para pronunciarse en representación del pueblo Q’eqchi’.

    El 9 de Noviembre de 2018 se dictó sentencia condenatoria de 7 años y 4 meses de prisión contra Bernardo. Esta sentencia fue cuestionada por Relatores Especiales de Naciones Unidas y por el Grupo de Trabajo Empresas y Derechos Humanos: “la condena del líder q'eqchí 'es un intento aparente de silenciar y desacreditar el ejercicio legítimo de los derechos de la comunidad indígena”. “Este no es un caso aislado; hay numerosos miembros de comunidades indígenas que están siendo criminalizados en Guatemala por defender sus tierras tradicionales y recursos contra proyectos de desarrollo a gran escala que causan daños ambientales. Recordamos que las investigaciones criminales deben ser independientes e imparciales”.

    Existen 3 elementos dentro de la sentencia que permiten terminar de enmarcar este proceso como un caso claro de criminalización: la vulneración del sistema de valoración de la prueba; la criminalización del derecho de reunión y la aplicación de tipos penales distorsionados. Todas las incoherencias y vicios procedimentales y materiales observados no han supuesto un freno para que Bernardo fuera hallado culpable del delito de detenciones ilegales con circunstancias agravantes (6 años de cárcel) y del delito de robo agravado (1 año y 4 meses de cárcel) ambos delitos señalados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como recurrentes en procesos de criminalización de personas defensoras, donde a éstos les son “imputados delitos como robo, asesinato y secuestro con base en acusaciones falsas y pruebas fabricadas sin que las defensoras y defensores hayan observado una conducta típica, antijurídica o culpable”.

    Como en los anteriores casos, los retardos en los procesos judiciales por las suspensiones de las audiencias llevan a un desgaste emocional, social y económico de las personas defensoras criminalizadas, de sus familias y de sus organizaciones. Las suspensiones repetitivas de las audiencias llevan a las organizaciones a tener que dedicar una parte cada vez más importante de sus recursos – financieros y de tiempo – en la liberación de las personas criminalizadas y ya no pueden seguir al mismo nivel la defensa de su territorio y medioambiente. Los procesos de criminalización impactan también de manera muy fuerte en la reputación y credibilidad de las personas, organizaciones y comunidades defensoras, así como en la salud psicológica de todas las personas afectadas.

    El 24 de marzo de 2022 Bernardo fue liberado de la cárcel por buena conducta después de completar la mitad de su sentencia. Hasta que culminen los años de su pena, debido a su estatus de libertad condicional, Bernardo no contará con sus derechos de ciudadano, lo cual significa, entre otras cosas, que no podrá elegir ni ser electo, optar a cargos públicos, ni participar en actividades políticas, etc.

    Bernardo ha tenido que enfrentar otro caso judicial denominado Caso Maestro. En este se le acusaba de haber recibido un sueldo como maestro de la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en la aldea Semoch, durante 20 meses sin haber ejercido como docente en este periodo. De los 20 profesores implicados en este caso, solo a Bernardo le emitieron una orden de captura. En julio de 2017 Bernardo se presentó al Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal de Cobán, donde su defensa explicó que él no se había presentado a dar clases porque al trabajar para el sindicato de educación tenía permiso. Sus abogados sostienen que la dimensión que tomó el procedimiento legal no correspondía con las acusaciones. En la audiencia de etapa intermedia, llevada a cabo el 11 de abril de 2022 con la finalidad de establecer si había suficientes pruebas para continuar con el caso abierto, la jueza determinó seguir a debate.

    El pasado 19 abril de 2023, después de un proceso de casi cinco años, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de Cobán absolvió a Bernardo, declarándolo libre de los cargos penales y civiles. En el mes de agosto, a pesar de la sentencia absolutoria, el MP apeló la decisión del juez y busca que se repita el debate.